RESCATAN A 11 ANIMALES DURANTE CATEO POR PRESUNTO MALTRATO EN TOLUCA
DESMIENTEN INVASIÓN DE PARCELA EN ACATZINGO SEÑALADA POR EJIDATARIOS
*LA PARCELA NO FORMA PARTE DE LOS BIENES COMUNALES ASÍ LO ESTABLECE DECRETO PRESIDENCIAL
*INMOBILIARIA CUENTA CON ESCRITURAS PÚBLICAS Y PERMISOS CORRESPONDIENTES
Ante los señalamientos de integrantes de los bienes comunales de Acatzingo, municipio de Tenancingo, quienes refieren que una parcela fue invadida para construir un fraccionamiento, representantes de la inmobiliaria Terra Map Grupo Inmobiliario SA de CV, mostraron documentos que desmienten las versiones, entre ellos permisos estatales y municipales, escrituras públicas documentadas desde 1906 y la resolución presidencial publicada en fecha 1° de octubre de 1947 en el diario oficial de la federación de octubre de 1947, que en el considerando segundo dice: “se confirma 134 pequeñas propiedades registradas a favor de vecinos del mismo poblado de Acatzingo, éstas deben respetarse”, es decir esas 134 pequeñas propiedades no forman parte de la comunidad ejidal y es una de estas donde se ubica el citado fraccionamiento.

Lo anterior dijeron, demuestra que el lugar donde se ubica el fraccionamiento, no pertenece al polígono de bienes comunales de Acatzingo.

Detallaron que en enero de 2020, compraron mediante escritura pública, el terreno ubicado en Carretera Tenancingo – Desierto del Carmen, Paraje de “Santa Teresita” Acatzingo, Municipio de Tenancingo, Estado de México y en marzo de 2020, la inmobiliaria obtuvo las licencias municipales de: Uso de suelo, Alineamiento y constancia de servicios, después se obtuvo de la Dirección General de Operación Urbana la autorización de subdivisión del terreno.
La autorización de subdivisión, explicaron, quedó inscrita ante el Instituto de la Función Registral del Estado de México (IFREM) en abril de 2020 y para obtenerla se cumplieron todos los requisitos que marca la Ley, los cuales están en el libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Comentaron que la comunidad de Bienes Comunales de Acatzingo a través de su presidente, secretario y tesorero interpusieron diversos amparos contra la subdivisión, la cual, es un acto consumado ya que está protocolizado e inscrito en el IFREM.
Explicaron que en los amparos, los bienes comunales de Acatzingo manifiestan que la citada propiedad pertenece a su comunidad. ”Analizamos la información que presentan, específicamente la resolución presidencial publicada en fecha 1° de octubre 1947 en el diario oficial de la federación, que contiene la titulación de bienes comunales al poblado de Acatzingo, Tenancingo, México. En el considerando segundo de esta resolución dice: “se confirma 134 pequeñas propiedades registradas a favor de vecinos del mismo poblado de Acatzingo, éstas deben respetarse.” En el resolutivo tercero de la misma resolución se cita: “Tercero.- Las 134 pequeñas propiedades que existen dentro de la superficie comunal que se confirma, quedan excluidas de esta titulación, por estar registradas en favor de vecinos del referido poblado de Acatzingo”.

Y precisamente el espacio que ocupa el fraccionamiento, se encuentra en una de estas 134 pequeñas propiedades a que hace referencia el Diario Oficial de la Federación de octubre de 1947, por lo tanto no forma parte de la superficie comunal como ellos lo señalan.

La ley y la razón nos asiste ya que obtuvimos todos los permisos y licencias que marca la Ley para subdividir un predio de nuestra propiedad. Nosotros NO pertenecemos a los bienes comunales de Acatzingo y así lo establece el Diario Oficial de la Federación de octubre de 1947 y se demuestra con nuestras escrituras.
Aunado a ello, existen dictámenes en topografía de perito oficial, que concluye que en la elaboración del plano aprobado por la asamblea de comuneros de Acatzingo, Tenancingo, México en fecha 17 de junio de 2005 referente a la delimitación, asignación y destino de tierras comunales de Acatzingo, Tenancingo, NO SE RESPETARON las 134 pequeñas propiedades a las que se refiere el resolutivo tercero de la titulación de bienes comunales publicado en el diario oficial de la federación en fecha 01 de octubre de 1947 y tampoco se tomó en cuenta el decreto para la elaboración del mismo plano.
Dijeron respetar a los representantes ejidales, pero consideran que no han recibido la orientación adecuada sobre el caso. “No hemos invadido ninguna parcela, somos respetuosos de la ley y hemos cumplido con todo lo que esta marca”, concluyeron.
